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31 de Mayo 2007 | 6:30 PM
Asamblea Nacional aprueba en lo particular Ley de Salario Mínimo
Sheyla Cano | TV Noticias
Adelantándose a la Agenda establecida, los diputados aprobaron este jueves Reformas a la Ley 129, Ley de Salario Mínimo.
El artículo 8 de la Ley se modificó sustancialmente al establecer en el inciso E que el reajuste del Salario Mínimo sobre la base de la pérdida del poder adquisitivo indicado por la variación semestral del Índice de Precios al Consumidor, IPC, más el crecimiento real de cada sector de la economía según Cuentas del Banco Central hasta llegar al 100% de la Canasta Básica.
De igual manera se creo un nuevo artículo para mandatar a la Comisión Nacional de Salario Mínimo a revisar y elaborar una nueva canasta básica que cubra entre otras necesidades, las nutricionales. "En Nicaragua se necesitan 2,387 kilo calorías a diario y la actual canasta básica solo cubre 1,279 hay una diferencia de mil kilo-calorías", dijo el miembro de la Comisión Laboral, Víctor Hugo Tinoco.
La Comisión Nacional de Salario Mínimo es integrada por el Ministerio del Trabajo, MITRAB; Ministerio de Fomento, Industria y Comercio, MIFIC; Ministerio de Hacienda y Crédito Público, MHCP, Banco Central, un representante de cada uno de los sindicatos registrados y un representante de cada Cámara empresarial.

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