31 de Mayo 2007 | 6:30 PM
Asamblea Nacional aprueba en lo particular Ley de Salario Mínimo
Sheyla Cano | TV Noticias

Adelantándose a la Agenda establecida, los diputados aprobaron este  jueves Reformas a la Ley 129, Ley de Salario Mínimo.

El artículo 8 de la Ley se modificó sustancialmente al establecer en el inciso E que el reajuste del Salario Mínimo sobre la base de la pérdida del poder adquisitivo indicado por la variación semestral del Índice de Precios   al Consumidor, IPC, más el crecimiento real de cada sector de la economía según Cuentas del Banco Central hasta llegar al 100% de la Canasta  Básica.
 
De igual manera se creo un nuevo artículo para mandatar a la Comisión Nacional de Salario Mínimo a revisar y elaborar una nueva canasta básica  que cubra entre otras necesidades, las nutricionales. "En Nicaragua se  necesitan 2,387 kilo calorías a diario y la actual canasta básica solo cubre 1,279 hay una diferencia de mil kilo-calorías", dijo el miembro de la  Comisión Laboral, Víctor Hugo Tinoco.
 
La Comisión Nacional de Salario Mínimo es integrada por el Ministerio del Trabajo, MITRAB; Ministerio de Fomento, Industria y Comercio, MIFIC; Ministerio de Hacienda y Crédito Público, MHCP, Banco Central, un representante de cada uno de los sindicatos registrados y un representante  de cada Cámara empresarial.




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